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¡Ya llegó otra vez esa época del año… ¡la de la fiesta de los Días Festivos!  ¿Y qué es una fiesta sin alcohol… o un blog jurídico sin un tipo cascarrabias que siempre está predicando moderación y razonabilidad? (En los avances de la película Office Christmas Party de Paramount Pictures para el 2016, cuyo título se tradujo al español como Fiesta de empresa, se ve qué desorden se puede formar en este tipo de evento!)

Todos conocemos los peligros de beber y manejar. Incluso aunque el patrono se pueda escapar de la responsabilidad legal por las acciones de un empleado borracho, ninguna empresa desea la mala reputación ni la culpa moral que sin duda prosigue a los hechos. Los empleadores deben tomar medidas para limitar el consumo de alcohol en la fiesta de los Días Festivos. Quizá deban tener un “cash bar” o exigir a los empleados que utilicen un número limitado de boletos para “comprar” las bebidas y disuadirlos de compartir sus boletos con otros compañeros de trabajo. La compañía debe contratar cantineros profesionales y decirles que exijan identificación a los invitados que parezcan no tener mucho más de 21 años, así como negarse a servir bebidas a los invitados que en su opinión “hayan tomado una de más” y reportarlos. Los empleadores también deben hacer trámites para transportar gratuitamente al empleado que no pueda o no deba manejar. Hay empresas que no solamente llevan al empleado a la casa sino también su automóvil. Muchas empresas incluso están pagando códigos de evento de Uber o Lyft que sus empleados pueden usar para volver sanos y salvos a sus casas.

Un traguito puede ser todo lo que necesita un posible acosador sexual para atreverse a proponer algo indecente, y besar o toquetear a una compañera o compañero de trabajo. Con anterioridad a la fiesta, el empleador les debe hacer saber a los empleados que todas las normas laborales de decoro permanecen en vigor…. que no se permite toquetear, besar ni “sextear”. En unos segundos se puede subir a un sitio de medios sociales la foto de un compañero de trabajo en una posición comprometida. Los empleadores deben evitar prohibir que se tomen fotos o “selfies” en la fiesta pero sí exhortar a los empleados a que actúan responsablemente y publiquen solamente fotos de la fiesta en que sus compañeros no hagan el ridículo. Quizá la advertencia le sirva de lección al que quiera hacer el ridículo si es que no disuade al que quiere actuar de fotógrafo.

Incluso aunque la conducta atrevida o inapropiada en la fiesta no constituya acoso sexual, de todas maneras va a formar parte del chismorreo en la oficina al día siguiente. Alguien puede resultar avergonzado o resentido y esto causar tensiones o retaliación en el trabajo más adelante. Las consecuencias de la fiesta bien pueden durar hasta buena parte del año nuevo.

Diviértanse y disfruten la época de fiestas pero exhorten a los empleados a que actúan responsablemente. ¡Esperemos que a su fiesta de Navidad le vaya mejor que a la de la película!

*Una versión de este blog apareció el 1o de diciembre de 2015.