El estatus de transgenérico y la cuestión de los baños
Con Carolina de Norte promulgando recientemente una ley estatal que exige a las personas transgenéricas (o “transexuales”, como todavía se dice frecuentemente en español) que usen el baño que corresponda a su sexo de nacimiento, la pregunta que muchos floridanos se están haciendo es: Si una persona es transgenérica, o tiene una identidad o expresión de género diferente a la que le asignaron al nacer… ¿cuál baño deben usar él o ella en la Florida?
Hasta el momento las leyes federales no contienen texto codificado que trate directamente el uso de los baños en el contexto del estatus de transgenérico. Ayer, sin embargo, un tribunal federal de apelaciones en el Cuarto Circuito (que abarca cinco estados, entre ellos Carolina del Norte) falló sobre este asunto basado en el Título IX, que es la ley federal que prohíbe la discriminación en las escuelas basada en el género. Este tribunal falló que de acuerdo con el Título IX, los alumnos tienen el derecho protegido a usar el baño que corresponda a su profundamente sentida identidad genérica, sin que importe el género que les asignaron de nacimiento.
Además, algunas agencias federales, entre ellas la EEOC y la OSHA, han tomado la posición de que los empleados disfrutan de ciertas protecciones en lo que respecta al uso de los baños y a su identidad o expresión genérica o estatus de transgenérico. Cada vez más, los estados y las municipalidades también promulgan legislaciones que versan sobre la “cuestión de los baños”. Las leyes estatales de la Florida permanecen en silencio sobre los asuntos transgenéricos y de identidad o expresión de género. Los condados de Miami-Dade y Broward han prohibido la discriminación basada en la identidad o la expresión genéricas, pero no se ha pronunciado ninguna decisión con respecto al uso de los baños. Aunque la ley sigue evolucionado (y bien rápido), algunos empleadores han tomado un enfoque proactivo con respecto a la identidad genérica y la “cuestión de los baños”.
Desglosemos este asunto.
¿Qué es la identidad genérica o transgenérica?
De acuerdo con el Transgender Law Center, la “identidad genérica” es la sensación interna y profundamente sentida que tiene una persona de ser hombre, mujer, otra cosa o incluso algo intermedio. “Transgenérico” es un término abarcador que describe a personas cuya identidad de género o su expresión genérica son distintas al género que le asignaron al necesario. La mujeres transgenéricas son personas que transicionan de hombre a mujer. Los hombres transgenéricos son personas que transicionan de mujer a hombre. Sin embargo, la “transición” puede tomar diferentes formas, que incluyen “salir del closet” e informar a sus amistades, familiares o compañeros de trabajo, cambiar de nombre tanto en situaciones sociales como en documentos jurídicos así como (pero no necesariamente) someterse a terapia hormonal o a procedimientos quirúrgicos, solo para mencionar algunas de esas formas.
Así que… ¿a cuál baño?
El principio básico adoptado por la EEOC y la OSHA es que a todos los empleados se les debe permitir usar el baño que corresponda a su identidad genérica. En otras palabras, que las personas mismas escojan los baños basándose en la identidad genérica profundamente sentida. Por ejemplo, a alguien que se identifique como hombre, se le debe permitir usar el baño de los hombres. Por la misma moneda, a alguien que se identifique como mujer, se le debe permitir usar el baño de las mujeres.
Una preocupación común con este concepto de “escoger su propio baño” es que puede estar más allá del grado de confort de otros empleados que usen el mismo baño. Notablemente, la EEOC ha tomado la posición de que a un empleado transgenérico no se le puede negar acceso a baños comunes que usen los empleados que tienen la misma identidad genérica, incluso aunque otros empleados reaccionen negativamente a ese uso en común. A los patronos que han tratado de lidiar con esta preocupación exigiendo a los empleados transgenéricos que usen solamente baños genéricamente neutrales se les puede percibir como que están segregando a los empleados transgenéricos de una manera impermisible. Entonces… ¿qué?
Y si cree que esto es cuestión de “dicho y hecho”, considere algunas de las prácticas recomendadas:
Proveer opciones adicionales (y que sean realmente opcionales)
Los empleadores pueden decidir proveer opciones alternativas de baños a todos sus empleados, para que cada cual encuentre su nivel de confort. Estas opciones deben estar a la disposición de todos los empleados, pero sin ser obligatorias para ninguno. Considere tener:
- Instalaciones genéricamente neutrales (“unisex”) para un solo ocupante; o
- Instalaciones genéricamente neutrales (“unisex”) para múltiples ocupantes con compartimientos que se pueden cerrar para un solo ocupante.
Los baños genéricamente neutrales deben tener letreros o designaciones de que son genéricamente neutrales.
Es importante entender la diferencia entre proveer estas opciones adicionales y exigir a ciertos empleados que las usen. No es prudente exigir a ningún empleado que use un baño segregado o separado de los demás empleados a causa de la identidad o expresión genérica o de su estatus de transgenérico. Además, los empleados no deben quedar limitados a usar baños que sean irrazonablemente inaccesibles tanto en términos de distancia y del tiempo de trasladarse desde su lugar de trabajo. Por lo tanto, los empleadores que provean las operaciones mencionadas anteriormente deben asegurarse de que todos los baños estén más o menos igualmente accesibles.
Actualizar sus políticas
Muchos empleadores están adoptando políticas contra la discriminación y el acoso, o redactando otras nuevas cuando sea necesario para asegurar que el estatus de transgenérico y la identidad genérica estén protegidos por las mismas. Tales políticas prohíben la discriminación, el acoso, las amenazas, la intimidación y la conducta perturbadora e inapropiada, así como la retaliación. De esta manera, si la gerencia se entera de que algún empleado se siente amenazado o intimidado por usar el baño de su preferencia, se puede tomar acción prontamente para remediar el problema.
Para enterarse más acerca de estos asuntos jurídicos, que están evolucionando rápidamente, con respecto a la comunidad lesbiana, gay, bisexual o transgenérica (LGBT), acuda al 26o Seminario Anual sobre Derecho Laboral de Stearns Weaver Miller, que tendrá lugar el 20 de mayo de 2016 en el Hotel JW Marriott Marquis de Miami.