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Imagínese esto.  Usted sospecha que un empleado (el Sr. Manos Largas) ha estado robando en el trabajo desde hace ya semanas.  Hoy múltiples testigos se le han acercado a usted para decir que vieron a Manos Largas llevándose dinero de la registradora.  Usted se siente inspirado por los cuatro episodios de “Las primeras 48” que vio la noche anterior y cree que sería chévere interrogar a Manos Largas en una de esas habitaciones pequeñas que usan los policías en la televisión.  Usted se sienta echado hacia atrás en su silla (como hacen los policías), se toma despacio su café y empieza la interrogación. Pero, sin embargo, Manos Largos no dice una palabra. De hecho, Manos Largas también es fanáticos de Las primeras 48 y le dice que él “conoce sus derechos” y que no va hablar hasta uno de sus representantes esté presente. “¿Hablando de representante?”, piensa usted.  “Si no estamos sindicalizados”.

Usted se sentía generoso ese día así que se inclinaba a sencillamente suspender temporalmente a Manos Largas sin derecho a sueldo.  Ahora que se está pasando de sabichoso, sin embargo, usted decide despedirlo ahí mismo por insubordinación.   

¿Buena idea? ¿Mala idea?   Bueno,  a veces para encontrar la respuesta hay que hacer muchísimo trabajo de detective.

Hace cuarenta años, en el caso seminal de NLRB contra Weingarten, la Corte Suprema de los Estados Unidos falló que los empleados sindicalizados tenían el derecho a estar representados durante una interrogación cuando: 1) el empleado solicita tal representación, y 2) razonablemente crea que la interrogación va a culminar en una acción disciplinaria.  Esto comúnmente se le llama “derechos Weingarten.”  Este derecho, de acuerdo con la Corte Suprema, se deriva de la Sección 7 de la Ley Nacional de Relaciones Laborales.  Desde la decisión Weingarten, sin embargo, la Junta Nacional de Relaciones Laborales ha vacilado en poner en tela de juicio si los derechos Weingarten atañen a los empleados no sindicalizados.

En 1982, la Junta decidió que los empleados no sindicalizados disfrutaban de los derechos Weingarten.  Solo tres años después, la Junta revocó su decisión, solo para revocarse de nuevo.  En el caso del 2000 de Epilepsy Foundation of North East Ohio, la Junta falló que los empleados no sindicalizados de hecho sí tenían derechos Weingarten. . . decisión que fue revocada incluso de nuevo en el caso de IBM Corp.  que ventiló la Junta en el 2004. ¿No se ha mareado todavía?

En la fecha que se publicó este blog, a Manos Largas —suponiendo que trabajaba en un ambiente no sindicalizado—no le corresponderían los derechos Weingarten.  Sin embargo, esto no quiere decir que los empleadores no deben estar conscientes de la posibilidad de los empleados no sindicalizados lleguen a tener derechos Weingarten.  Con su enfoque activista, no se sorprenda si la Junta una vez más les extiende esos derechos. Este caso, que todavía está abierto, se puede revivir en cualquier momento (se lo dijimos aquí primero.)