
El 30 de octubre de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional (“DHS” por “Department of Homeland Security”) publicó una regla final provisional que pone fin a la práctica de extender automáticamente los documentos de autorización de empleo (“EAD” por “Employment Authorization Document”) basados en una Solicitud de Autorización de Empleo I-765 presentada oportunamente para renovar los “EAD” que venzan. Desde el 2016, los titulares de autorizaciones EAD en ciertas categorías específicas calificaban para una prórroga automática de estas autorizaciones de hasta 180 días (y luego de hasta 540 días) siempre que hubieran presentado su solicitud I-765 antes de que venciera el EAD y bajo la misma categoría de calificación indicada en la tarjeta del EAD que vencía. El propósito de la regla de la prórroga automática era evitar la pérdida de la autorización de trabajo causada por retrasos en el procesamiento de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (“USCIS” por “U.S. Citizenship and Immigration Services”).
Entre las categorías de extranjeros que se beneficiaban de la regla de prórrogas automáticas se encontraban los solicitantes de asilo (C08), los solicitantes de ajuste de estatus (C09) y los cónyuges de ciertos trabajadores H-1B (C26).
La regla final provisional del 30 de octubre no afecta las prórrogas automáticas de autorización de trabajo basadas en solicitudes I-765 presentadas antes del 30 de octubre de 2025. Sin embargo, las solicitudes I-765 presentadas a partir del 30 de octubre de 2025 ya no tendrán la prórroga automática de dicha autorización, a no ser en circunstancias limitadas. Las circunstancias limitadas en las que una prórroga automática de la autorización de trabajo todavía está disponible incluyen cuando la prórroga está prevista por la ley o se encuentra en un aviso del Federal Register que extiende la validez de la documentación laboral relacionada con el “TPS” (“Temporary Protected Status” o “Estatus Protegido Temporal”). Porque lo establece la ley, un extranjero F-1 que esté en Capacitación Práctica Opcional (“OPT” por “Optional Practical Training”) que solicite una prórroga STEM OPT de 24 meses todavía seguirá calificando para la prórroga automática de su EAD por hasta 180 días.
Como resultado de la regla provisional, las personas que tengan autorizaciones EAD deberán renovarlas lo antes posible, seis meses antes de su vencimiento. Sin embargo, esto no garantiza que los empleados vayan a recibir su nuevo EAD a tiempo para evitar la pérdida de su autorización de trabajo. Los cónyuges L-2 y E-2, que son elegibles para trabajar basados en sus estatus, no se deben basar en un EAD como prueba de autorización de trabajo, sino en su expediente I-94 que demuestre que tienen un estatus legal, por ejemplo, L-2S, E-1S, E-2S o E-3S. De manera similar, los asilados y los refugiados, que también están autorizados a trabajar basados en sus estatus, deberían considerar basarse en documentos que no sean un EAD para establecer la legitimidad de su autorización para trabajar.
El USCIS actualizará el Manual para Empleadores I-9 para que refleje el fin de las prórrogas automáticas de los EAD.