El 20 de noviembre de 2017, el Departamento de Seguridad Nacional (“DHS” por “Department of Homeland Security”) le terminó a Haití la designación de Estatus Protegido Temporal (“TPS” por “Temporary Protected Status”), con una fecha de entrada en vigor retrasada del 22 de julio de 2019. No fue sino hasta el 18 de enero, sin embargo, que el Departamento brindó orientación a los nacionales haitianos y a sus empleadores acerca de lo que pasaría una vez que llegara el 22 de enero de 2018, la fecha en que los Documentos de Autorización de Empleo (“EAD” por “Employment Authorization Documents”) deben vencer.
Los haitianos que deseen permanecer en los Estados Unidos con Estatus Protegido Temporal se deberán volver a inscribir durante los 60 días entre el 18 de enero al 19 de marzo de 2018, presentando el Formulario I-821 durante esa ventana de 60 días. No hay que pagar tarifa por presentarlo, pero los haitianos de 14 años o más de edad sí tienen que pagar la tarifa de $85.00 por la medición biométrica.
De acuerdo con el Aviso del Registro Federal del 18 de enero, los haitianos que actualmente tengan el Estatus Protegido Temporal y tengan además un Documento de Autorización de Empleo (el “EAD”) que venza el 22 de enero de 2018 van a recibir una prórroga automática de 180 días hasta el 21 de julio de 2018. Para obtener autorización para trabajar y un “EAD” válido hasta el 22 de julio de 2019, los haitianos con el estatus “TPS” deberán presentar su solicitud de autorización de empleo a través de un Formulario I-765 y pagar la tarifa correspondiente. Los haitianos deben solicitar el “EAD” lo antes posible. Los que decidan no presentar el Formulario I-765 para solicitar un nuevo “EAD” perderán su autorización para trabajar el 21 de julio de 2018.
Si su empresa actualmente emplea a un nacional haitiano con un “EAD” que venza el 22 de enero de 2018, va a tener que actualizar el Formulario I-9 de ese empleado. El “EAD” de dicho empleado debe decir “A-12” o “C-19” bajo “Category” y vencer el 22 de enero de 2018. En este caso, usted debe tachar con una línea la fecha de vencimiento en la Sección 1 del Formulario I-9 y escribir “July 21, 2018,” que es la fecha automática de prórroga, y poner sus iniciales y la fecha de la corrección en el margen. En la Sección 2 del Formulario I-9, tache con una línea la fecha de vencimiento del 22 de enero de 2018 y escriba “July 21, 2018.” Ponga sus iniciales y la fecha de la corrección en el margen. A más tardar el 22 de julio de 2018, el empleador deberá volver a verificar el Formulario I-9 en la Sección 3. El empleado deberá presentar prueba de autorización continuada de trabajo en la forma de un documento Lista A o Lista C válido y sin vencer. El empleador no debe especificar el documento que el empleado presente, por ejemplo, el nuevo “EAD”, como prueba de autorización continuada de trabajo.
Con respecto a otras noticias que afectan a las personas provenientes de Haití, el Departamento de Seguridad Nacional quitó a ese país de la lista de países cuyos ciudadanos son elegibles a visas temporales H-2A y H-2B. Las visas H-2A y H-2B se emiten para trabajadores temporales agrícolas (H-2A) y no agrícolas (H-2B).