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Una nueva ley que promulgó el Congreso reinstituye la posibilidad de que los pequeños empleadores reembolsen a los empleados las primas que hayan pagado para comprar sus pólizas de salud. La ley revoca las enormes multas que corresponderían a tales acciones de reembolso según la interpretación de la Ley de Atención Médica Asequible que hizo el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (el “IRS”).

La nueva ley (la Ley de Curas para el Siglo XXI o “21st Century Cures Act”) entra en vigor el 1o de enero de 2017 e incluye una exención retroactiva que les elimina las enormes multas del “IRS” a los pequeños empleadores elegibles que hagan reembolsos de primas antes del 2017.  Los pequeños empleadores elegibles que deseen aprovechar la nueva opción para el 2017 pueden hacerlo, pero tienen que actuar rápidamente.

De acuerdo con la nueva ley, estos empleadores pueden establecer cuentas especiales de reembolso para las primas de pólizas de salud (llamadas “QSEHRA”) que les proporcionen fondos a los empleados para pagar gastos médicos elegibles (tal como los define el “IRS”). Los gastos cubiertos pueden ser los del empleado y/o sus dependientes, como las primas para comprar pólizas de salud individuales y gastos médicos pagados “de su bolsillo”. Las primas para comprar otras coberturas grupales de salud, como las que se adquieren a través del empleador de un cónyuge, no son reembolsables.

Para ser elegible, el pequeño empleador tiene que:

  1. Tener menos de 50 empleados a tiempo completo (usando los métodos de la Ley de Atención Médica Asequible para contar los empleados “a tiempo completo”, los cuales incluyen los empleados “equivalentes a tiempo completo”);
  2. No ofrecer un plan grupal de salud a ninguno de sus trabajadores;
  3. Proporcionar fondos a una cuenta QSEHRA de cada empleado elegible que no exceda los límites anuales máximos ($4,550 al año, $10,000 por cobertura de familia… con ambas cifras indexadas);
  4. Proporcionar fondos a cuentas QSEHRA de acuerdo con los mismos términos a todos los empleados elegibles (aunque las contribuciones puede variar según la edad o el número de miembros de la familia que el empleado tenga); y
  5. Tiene que dar aviso anual a cada empleado elegible por lo menos 90 días antes del comienzo del año.Para poder calificar para la exención de las multas del impuesto en virtud de la Ley de Atención Médica Asequible ($36,500 por persona por año), los fondos de la cuenta QSEHRA tienen que provenir exclusivamente de las contribuciones del empleador. El dinero de la cuenta QSEHRA que no se gaste se podrá pasar a los años siguientes. El dinero que se deposite y se gaste a través de la cuenta QSEHRA está libre del impuesto sobre la renta (ni el empleador ni el empleado pagan impuestos sobre la renta por las sumas que se proporcionen siempre y cuando se sigan las reglas especiales que rigen las cuentas QSEHRA).El aviso anual deberá hacer saber al empleado la cantidad de beneficio anual que se proporciona, que el empleado debe tener una cobertura esencial mínima para que los beneficios QSEHRA puedan estar libres de impuestos y que el empleado debe notificar al “marketplace”, o sea, el sitio patrocinado por el gobierno donde se puede comparar y obtener información sobre los diversos seguros y programas disponibles, que es elegible a los reembolsos QSEHRA para primas de seguro médico, si el empleado solicita cobertura a través del “marketplace”. Los empleadores también tienen que reportar la cantidad de beneficios que hayan proporcionado durante el año en los formularios W-2 de cada empleado.
  6. Los empleados que reciban contribuciones a las cuentas QSEHRA perderán por completo los créditos tributarios correspondientes al pago de las primas de seguro médico o sus créditos se verán reducidos por la suma que se contribuya a las cuentas.
  7. Para ser elegible, el empleado tiene que tener cobertura de seguro que le proporcione un mínimo de beneficios esenciales.