En nuestro mundo jurídico de hoy, muy pocos casos se litigan hasta llegar a juicio, y menos del 2% incluso llevan a ese debate. Aunque para muchos clientes esas son buenas noticias (pues los juicios se pueden poner caros bien rápido), otros clientes sí quieren tener su día ante los tribunales. Sin embargo… ¡el juicio no es la única manera en que el caso puede llegar ante el juez! He aquí …. ¡la petición de medidas cautelares!
La medida cautelar (el mejor equivalente en castellano de “preliminary injunction”, también llamada a menudo “temporary injunction” en inglés) es una orden judicial que prohíbe a una de las partes entablar una acción hasta que se llegue a juicio o se desestime el caso por alguna otra razón. Esencialmente, constituye un “minijuicio” antes del juicio, y el tribunal escucha estas peticiones expeditamente.
En el contexto laboral, las peticiones de medidas cautelares típicamente surgen cuando se litiga un contrato de no competencia. Este es un tipo de contrato entre un empleado y un empleador en el que el primero se compromete a no trabajar con un negocio de la competencia en una zona geográfica específica durante un determinado período después de la terminación de su empleo.
Hace poco formé parte de un equipo de abogados que defendió a un empleador contra un ex empleador, que presentó una petición de medida cautelar aduciendo que nuestro cliente había transgredido un contrato de no competencia al contratar a su ex empleado. El ex empleador le pidió al tribunal que le prohibiera al empleado trabajar con nuestro cliente hasta que se pudieran litigar los méritos de la causa. He aquí algunas sugerencias basadas en lo que he aprendido a lo largo del tiempo sobre lo que los empleadores deben considerar al prepararse para incoar una petición de medida cautelar o defenderse contra ella:
- En caso de emergencia. El propósito que persigue una medida cautelar es preservar el status quo mientras se litigue el caso principal. Por lo tanto, el tribunal probablemente va a denegar la petición de prohibirle a una de las partes que hago algo, a no ser que se pueda demostrar “daño irreparable” o “daño inminente en el futuro”. No espere varios meses para presentar una petición de medida cautelar… si ya existe una emergencia, preséntela lo antes posible.
- Es una carrera corta, no un maratón. Estas peticiones típicamente se escuchan de 1 a 3 semanas de haberse presentado, lo cual quiere decir que todo ocurre expeditamente, incluso las peticiones de intercambio de información (“discovery”), declaraciones juradas y por último el minijuicio, o sea, la audiencia probatoria (“evidentiary hearing”).
- Si no hay fianza, no hay medida. En la Florida, el que desee presentar una medida cautelar debe estar preparado para poner una fianza por la suma que el tribunal considere adecuada, supeditada al pago de los costos y daños que sufra la contraria si a esta se le prohíbe hacer algo ilegítimamente. Asegúrese de pedir el intercambio de información (antes de la audiencia probatoria) y prepare sus argumentos sobre cuánto debe ser la fianza en caso de que se le conceda la medida cautelar.
- No va a durar para siempre. Las leyes de la Florida permiten a la parte contra la cual se haya otorgado una medida cautelar que pueda pedir en cualquier momento que tal medida se disuelva o modifique. Si se presenta esa petición, el tribunal tiene que escucharla en un plazo de 5 días de haberse presentado. Por lo tanto, una medida cautelar es una medida temporal, y eso es todo lo que va a ser, precisamente… temporal. No solo se extingue una vez que se escuchen los méritos de la causa, sino que la parte afectada puede pedir en cualquier momento que se disuelva.
Espero que estas sugerencias les sean útiles a los empleadores que estén tratando de obtener una medida cautelar o defenderse de ella. Sin embargo, la última y mejor sugerencia que les puedo dar es que tomen toda precaución razonable para evitar los litigios… estos no son divertidos ni salen baratos. Constituyen una distracción del trabajo y, dependiendo del fallo judicial, pueden ser perjudiciales a sus operaciones de negocio. En una disputa, más vale tratar de resolver la disputa entre dos empleadores que se pelean por un empleado antes de procurar una medida cautelar. Por supuesto, muchas controversias se pueden evitar asegurando que sus contratos de no competencia sean razonables y que estén bien redactados.