domestic violenceView English Version Here

Hace unas semanas, mi hijo comenzó a asistir a la escuela en una sinagoga local.  Cuando abrí su mochila el viernes, me encontré una nota de su maestra que decía: “En honor al Rosh Hashanah (el Año Nuevo Judío), envíe una nota de una mitzvah (una buena acción) que haya realizado su hijo)”. Mi niño de 27 meses quería llevarles galletitas a los bomberos. Así que este fin de semana lo vestí de bomberito, pasamos por el Publix a recoger galletitas, y nos dirigimos a la estación de bomberos.  Estos fueron sumamente amables, le enseñaron a mi hijo su camión y los dejaron sentarse en el asiento del chofer y tocar las campanas.

Mi idea de hacer una “mitzvah” fue ligeramente distinta. Por lo tanto, después de la siesta, fuimos a un albergue para mujeres maltratadas y les llevamos algunas necesidades básicas y juguetes para sus hijos. Durante nuestra visita, conocí a una increíble joven que había sido golpeada gravemente por su novio. No solo había sufrido abuso físico y emocional, sino que el novio llamaba incesantemente al trabajo para tratar que la despidieran. Después de golpearla tan gravemente que terminó en la sala de urgencias y perdió días de trabajo, su empleador la despidió porque había agotado todos sus días de enfermedad y no quería “tener a alguien con tantos problemas personales en mi compañía”. Como consecuencia de perder su empleo, no pudo pagar el alquiler, la desalojaron y terminó sin un techo sobre su cabeza.

Mientras regresaba a casa del albergue, no podía quitarme de la cabeza la historia de esa mujer y me preguntaba si su empleador conocía la Ordenanza de No Discriminación del condado de Miami-Dade. Esta ordenanza fue modificada el año pasado y ahora prohíbe la discriminación basada en la “condición real o percibida de ser víctima de violencia doméstica, de violencia durante citas románticas o del acecho”. No recuerdo que esta enmienda haya recibido mucha atención en los medios de prensa o en los debates de algún blog. La Ordenanza ya prohibía la discriminación en el empleo basada en la raza, el color, la religión, la ascendencia étnica, el origen nacional, el sexo, el embarazo, la edad, la incapacidad, el estado civil, el estatus familiar, la orientación sexual, la identidad genérica y la expresión del género.

Además, numerosos estados exigen a los empleadores del sector privado que les concedan tiempo de licencia no pagado a las víctimas de la violencia doméstica.  Por ejemplo, las leyes de la Florida exigen a los empleadores con 50 o más de empleados que les den a sus empleados elegibles [o sea, que hayan trabajado 3 meses o más en la empresa] 3 días laborales de licencia en cualquier período de 12 meses, si el empleado o un miembro de su familia o casa es víctima de violencia doméstica o sexual, para que el empleado o empleada pueda:

  • Procurar un interdicto u orden de alejamiento para protegerse de la violencia doméstica, de la violencia repetitiva, de la violencia en citas románticas o de la violencia sexual;
  • Obtener atención médica o psicoterapia para sí o para un miembro de la casa o familia a fin de atenderse las lesiones físicas o psicológicas que se deriven de la violencia doméstica o sexual;
  • Obtener servicios de una organización de servicios para víctimas;
  • Hacer que su casa sea más segura contra el perpetrador de la violencia física o sexual o buscar una nueva vivienda para escapar de este; o
  • Buscar ayuda de abogados para combatir los problemas derivados de la violencia doméstica o sexual y asistir y prepararse para los procesos judiciales que resulten de la violencia doméstica o sexual.

La licencia puede concederse con o sin paga, a la discreción del empleador.

El condado de Miami-Dade (así como varios otros condados de la Florida) tiene una Ordenanza similar a la de la Florida, pero con diferentes requisitos para la elegibilidad, y ofrece más tiempo de asueto.   Por ejemplo, de acuerdo con la ordenanza del condado, un empleado o empleada elegible [o sea, persona que el empleador haya empleado en el condado de Miami-Dade durante por lo menos 308 horas de servicio durante los 90 días anteriores] tiene derecho a un total de 30 días laborales de licencia doméstica sin paga durante cualquier período de 12 meses por motivos similares a los de la ley estatal.

Mensaje para los empleadores: Los empleadores cubierto por estas leyes deben revisar y actualizar sus políticas de licencia del trabajo y de Oportunidades Igualitarias de Empleado para asegurarse de que cumplen con las leyes de la Florida y las ordenanzas aplicables, educar a sus gerentes sobre las nuevas clases protegidas, y consultar a abogados con experiencia en asuntos laborales con respecto a cualquier pregunta.

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