El Salvador

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Documentos de autorización de empleo prorrogados automáticamente

Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos prorrogó la designación del “Estatus Protegido Temporal” para los ciudadanos de El Salvador por un período de dieciocho (18) meses hasta el 9 de septiembre de 2016. Conocido por sus siglas en inglés “TPS” por “Temporary Protected Status”, se trata de un estatus inmigratorio temporal concedido a ciudadanos de los países así designados por estos haber sufrido condiciones negativas temporales, tales como conflictos armados o desastres naturales, que impiden a los ciudadanos de esos países regresar sin correr riesgos o a los países poder manejar su regreso adecuadamente. Actualmente hay varios países aprobados para recibir la designación de “TPS”, entre ellos Nicaragua, Honduras y Haití.

Las personas de El Salvador que califiquen se podrán volver a inscribir para solicitar el estatus de “TPS” llenando el Formulario I-821. Los solicitantes también podrán pedir un nuevo Documento de Autorización de Empleo (conocido por “EAD” por “Employment Authorization Document”) enviando el Formulario I-765. Las autorizaciones de empleo de los salvadoreños que actualmente tengan estatus “TPS” se prorrogarán automáticamente por un plazo de seis meses hasta el 9 de septiembre de 2015. Esta prórroga automática está limitada a los “EAD” con una fecha de vencimiento del 9 de marzo de 2015. Los “EAD” también tienen que llevar la designación “A-12” o “C-19” en el frente de la tarjeta debajo de donde dice “Categoría” para poder calificar para la prórroga de seis meses. Finalmente, las personas calificadas recibirán sus nuevos “EAD” que serán válidos hasta el 9 de septiembre de 2016.

Al llenarle el formulario I-9 usando un “EAD” con prórroga automática antes del 9 de septiembre de 2015 a un nuevo empleado que se vaya a contratar, Inmigración aconseja lo siguiente:

  1. En la sección 1, el empleado marca “Extranjero autorizado para trabajar” (“An alien authorized to work”), escribe el número que empieza con “A-” en el primer espacio y la fecha de prórroga automática (9 de septiembre de 2015) en el segundo espacio.
  2. En la sección 2, el empleador pone el título del documento, el número del documento y la fecha de vencimiento del “EAD” automáticamente prorrogada (9 de septiembre de 2015).

Después del 9 de septiembre de 2015, el empleador tendrá que volver a verificar la autorización para trabajar del empleado.

Para el empleado actual que presentó un EAD de TPS que era válido en la fecha en fue contratado, que tiene una fecha de vencimiento impresa del 9 de marzo de 2015 y que ahora está automáticamente prorrogada, Inmigración recomienda el siguiente procedimiento con el formulario I-9:

  1. En la sección 1, que el empleado tache con una línea la fecha de vencimiento del segundo espacio, escriba 9 de septiembre de 2015 encima de la fecha anterior, escriba “TPS Ext.”, o sea, “extensión del TPS” en el margen de la sección 1, y le ponga sus iniciales y la fecha a esa corrección.
  2. En la sección 2, que el empleado tache con una línea la fecha de vencimiento escrita en la sección 2, escriba 9 de septiembre de 2015 encima de la fecha anterior, escriba “TPS Ext.”, o sea, “extensión del TPS” en el margen de la sección 2, y le ponga sus iniciales y la fecha a la corrección.

Después del 9 de septiembre de 2015, el empleador tendrá que volver a verificar la autorización del empleado para trabajar.

Los empleadores que participen en el sistema de verificación electrónica “E-Verify” recibirán una alerta de caso para “Vencimiento de Documentos de Autorización para Trabajar” (“Work Authorization Documents Expiring”). Para los empleados actuales que tengan el EAD de TPS que haya sido automáticamente prorrogado, Inmigración les informa a los empleadores que hagan caso omiso del alerta de “E-Verify” haciendo clic en la “X” roja que aparece en la columna para “dismiss alert” y que sigan las instrucciones descritas aquí anteriormente que explican cómo corregir el formulario I-9.

Inmigración les recuerda a los empleadores que no pueden exigirles a los empleados que presenten prueba de su ciudadanía salvadoreña.