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Honduras y Nicaragua

El día 7 de julio de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional (“DHS” por “Department of Homeland Security”) aún no había tomado una determinación sobre si Honduras y/o Nicaragua siguen satisfaciendo las condiciones para la designación del Estatus de Protección Temporal (“TPS” por “Temporary Protected Status”). De acuerdo con la ley, el Secretario del Departamento tiene que publicarlo en el Federal Register y dar aviso de extinción del estatus con sesenta días de anticipación. Si el Secretario no lo hace, el período de designación del “TPS” se prorroga seis meses más. Por lo tanto, la designación del “TPS” y la autorización de trabajo del Documento de Autorización de Empleo (“EAD” por “Employment Authorization Document”) correspondientes a Honduras y Nicaragua seguirán en vigor hasta el 5 de enero de 2026. (Pero sigan leyendo).

Para las personas que tengan tarjetas “EAD” con fecha de vencimiento del 5 de julio de 2025, basadas en un código de categoría A12 o C19 (para un “TPS” de Honduras o Nicaragua), la autorización de trabajo queda automáticamente extendida hasta el 5 de enero de 2026.

Para las que tengan tarjetas “EAD” con fecha de vencimiento del 5 de enero de 2018, 5 de enero de 2019, 2 de abril de 2019, 2 de enero de 2020, 4 de enero de 2021, 4 de octubre de 2021, 31 de diciembre de 2022, 30 de junio de 2024 o 9 de marzo de 2025,  basadas en el código de categoría A12 o C19 (para un “TPS” de Honduras o Nicaragua) y que hayan presentado una solicitud I-765 para extender dicha autorización de trabajo durante el período de designación del ‘” TPS” que finaliza el 5 de julio de 2025, su autorización de trabajo se podrá extender basada en la regla de los 540 días siempre y cuando presenten el Aviso de recibo del formulario I-797C (que haga referencia al código de categoría A12 o C19). Dicha autorización de trabajo se extenderá hasta 540 días a partir de la fecha de vencimiento que figura en el anverso de la tarjeta, pero no más allá del 5 de enero de 2026.

Tengan presente que aún es posible que el Departamento de Seguridad Nacional publique un aviso de 60 días en el Federal Register para poner fin a la designación del “TPS” y a la autorización de trabajo para Honduras y Nicaragua. Si eso ocurre, la designación del “TPS” y la autorización de trabajo probablemente vencerán sesenta días después de la publicación del aviso en el Federal Register.

Por ahora, la autorización de trabajo para personas de Honduras y Nicaragua que tengan “TPS” queda extendida por seis meses – hasta el 5 de enero de 2026 – pero el Departamento podría ponerle fin al “TPS” y reducir la autorización de trabajo.

Haití

La semana pasada publicamos acerca de la extinción de la designación de “TPS” para Haití, la cual debe entrar en vigor el 2 de septiembre de 2025. El mismo día que el “DHS” publicó el aviso de extinción, un tribunal de distrito de Nueva York falló que era ilegal el aviso anterior del Departamento que le había abreviado seis meses la designación de su “TPS” a Haití. En lugar de emitir una prohibición a nivel nacional, el tribunal de distrito anuló el aviso anterior del Departamento. El tribunal restauró la fecha de vencimiento del “TPS” de Haití hasta el 3 de febrero de 2026. ¿Qué significa esto para los empleadores? Más incertidumbre. Los ciudadanos haitianos que tengan un “EAD” que califique tienen al menos hasta el 2 de septiembre de 2025 para trabajar, pero quizá puedan tener hasta el 3 de febrero de 2026. Cuál de estas fechas va a ser la que corresponda probablemente va a depender de la apelación de la orden de ese tribunal de distrito.