Durante esta pandemia, las empresas de Florida se encuentran atrapadas entre la espada y la pared. Si abren demasiado pronto, se arriesgan a demandas de clientes que afirman que adquirieron COVID-19 en su negocio. Si permanecen cerrados o funcionan a capacidad limitada, se enfrentan a la posibilidad de quebrar. Afortunadamente, el alivio ha llegado en forma de nueva legislación que crea un escudo que protege de la responsabilidad civil. Esta legislación, firmada por el gobernador Ron DeSantis el 29 de marzo de 2021, protege a las entidades cubiertas de la responsabilidad civil si pueden demostrar un “esfuerzo de buena fe por cumplir sustancialmente” con los estándares de salud o de control que emita el gobierno para evitar la propagación del COVID-19. Si la entidad puede demostrar que hizo un esfuerzo de buena fe, es inmune a la responsabilidad civil.
Lo que cubre el escudo de Florida contra la responsabilidad civil por el COVID-19
La nueva ley (Ley de Florida §768.38 – Protecciones contra la responsabilidad civil por reclamaciones relacionadas con el COVID-19), protege a ciertos negocios, entidades gubernamentales, instituciones educativas, personas y otras entidades contra demandas judiciales relacionadas con el COVID-19 si ha hecho un esfuerzo de buena fe por acatar las orientaciones sobre salud pública en la fecha en que cobró vigencia el derecho a entablar la acción judicial. Este escudo de inmunidad es por añadidura a la inmunidad que ya se proporcione, tal como la protección de compensación para los trabajadores por reclamaciones de daños extracontractuales contra los empleadores.
Así que… ¿qué hay de nuevo en esta nueva ley?
Para disminuir el tráfico en los tribunales de Florida y ayudar en la recuperación económica del estado, la nueva ley les crea varios obstáculos a los demandantes que procuren demandar por lesiones (o muerte por negligencia) derivadas del coronavirus. Específicamente, la nueva ley eleva la carga de la prueba en las demandas que aduzcan lesiones por COVID-19 de una norma de negligencia ordinaria a un estándar de “negligencia grave”. Según la ley de la Florida, “negligencia grave” significa que la conducta del demandado fue tan imprudente o maliciosa en la diligencia de este que constituyó un desprecio o indiferencia consciente hacia la vida, la seguridad o los derechos de las personas expuestas a dicha conducta. Esto constituye un requisito mucho más elevado que los demandantes tienen que satisfacer.
La nueva ley también eleva la carga de prueba en las demandas relacionadas con COVID-19 a un nivel más alto. Cuando la negligencia ordinaria podía demostrarse mediante un “mayor peso de las pruebas”, los demandantes ahora deben demostrar con “pruebas claras y convincentes” que la negligencia grave de un demandado causó la lesión relacionada con el COVID-19 del demandante. Además, la demanda debe presentarse con particularidad del caso y estar acompañada de una declaración jurada firmada por un médico, que haga constar que los daños, lesiones o muerte del demandante se produjeron como resultado de los actos u omisiones del demandado. (Las reglas para las acciones contra un proveedor de atención médica tienen diferentes cargas y requisitos de prueba. Vea § 768.381 de Ley de Fla.)
Limitaciones del escudo contra la responsabilidad
La nueva ley prescribe, o sea, cesa de tener vigor, al cabo de un año, que es mucho más corto que la prescripción normal a los cuatro años que se aplica a la reclamaciones extracontractuales. También se aplica retroactivamente, excepto para reclamaciones que comenzaron antes de la fecha de vigencia de la ley (es decir, 29 de marzo de 2021).
¿Y qué va ocurrir de ahora en adelante?
Los parámetros exactos del escudo de responsabilidad civil de la Florida contra el COVID-19 se resolverán en los próximos meses y años. Es probable que gran parte del litigio se concentre en qué constituye una conducta “imprudente o lasciva” o qué constituye un “esfuerzo de buena fe por cumplir sustancialmente con las normas u orientaciones sanitarias autorizadas o de control que emita el gobierno”. En consecuencia, también se recomienda a los empleadores que documenten los esfuerzos realizados por cumplir con las orientaciones aplicables de los CDC, del Departamento de Salud de la Florida, de la Administración de Salud y Seguridad Ocupacional (“OSHA” u “Occupational Safety and Health Administration”) y las agencias gubernamentales locales. Como siempre, procurar el asesoramiento de un abogado es fundamental a medida que los tribunales de Florida interpreten y apliquen esta nueva ley.