Como todos sabemos, los huracanes Harvey, Irma y María han afectado duramente a partes de Texas, del sureste de los Estados Unidos y de Puerto Rico, causando miles de millones de dólares en daños. Para ayudar con la recuperación de las víctimas, el Congreso, el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (el “IRS”) y el Departamento del Trabajo han implementado medidas de alivio especiales que favorecen a los empleadores y participantes en esas zonas que tengan planes de retiro. Los empleadores que patrocinen planes de retiro (el 401(k), el 403(b), el 457(b) gubernamental y semejantes) tal vez deban aprovechar estas medidas de alivio que ofrecen:
- Prórrogas (extensiones) de las fechas límite para que los empleadores afectados puedan presentar documentos y hacer depósitos, y
- Relajamiento temporal de las reglas de impuestos, distribución y préstamos, lo que permite más fácil acceso a las cuentas de retiro de los participantes afectados
La presente actualización brinda una breve idea general de las medidas de alivio que están disponibles actualmente para los planes de jubilación.
Razones para actuar ahora
Para los empleadores: las prórrogas de las fechas límite son automáticas. Clave para los empleadores: estén alertas a las prórrogas disponibles.
Para los participantes: el acceso relajado a las cuentas de retiro está disponible solo para las cuentas en planes que el empleador patrocinador modifique para que las medidas de alivio se puedan aplicar. Además, la ventana del alivio es temporal. Para los empleadores que decidan ampliar el acceso a los fondos de jubilación, es clave comunicarse y actuar prontamente.
¿Qué acciones hay que tomar?
Para ofrecer medidas de alivio por motivo del huracán a los participantes afectados, los empleadores tienen que tomar las siguientes acciones:
- Entender y escoger qué opciones de alivio se van a ofrecer
- Comunicarles a los participantes las opciones que se escojan
- Establecer procedimientos con los administradores y las instituciones financieras para procesar las solicitudes
- Modificar los planes con las fechas límite correspondientes para que reflejen las características de las medidas que se ofrezcan
¿Qué medidas de alivio especiales relacionadas con los planes de retiro están disponibles a los afectados por motivo del `huracán?
Empleadores:
- Fechas límite para el pago y declaraciones de impuestos – por lo general postergados hasta el 31 de enero de 2018
- Los depósitos morosos (contribuciones de participantes y amortización de préstamos) y los avisos atrasados de período de prohibición de cambios en los planes (blackout notices) pueden ser elegibles para evitar las sanciones por violación fiduciaria que imponga el Departamento del Trabajo (bajo ciertas condiciones)
- las reglas sobre la retención tributaria del 20%, los avisos y las reinversiones directas de fondos distribuidos del plan (“rollover”) se eximen para las “distribuciones que califiquen por motivo de huracanes”
Participantes – Alivio del Servicio de Rentas Internas (“IRS”) – hasta el 31 de enero de 2018
- Nuevas distribuciones y préstamos por dificultades excesivas – el plan 401(k), el 403(b), el 457(b) gubernamental y semejantes
- Se relajan los requisitos de documentación
- Distribuciones por dificultades excesivas: se amplían las situaciones de “necesidad inmediata ” y el número de personas que sufren la necesidad para que incluya a “familiares afectados”
- IMPORTANTE: no se exime de la multa de 10% por retiro temprano de fondos
- Distribuciones obligatorias: por ejemplo, distribuciones mínimas obligatorias (conocidas en inglés como “required minimum distributions” o “RMDs”), distribuciones de pequeños saldos de planes de retiro, pagos forzosos a la edad normal de retiro
- No van a quedar descalificados los planes por retrasarse en hacer distribuciones obligatorias siempre y cuando se hayan hecho esfuerzos razonables de buena fe para que estas se pudieran hacer a tiempo
Participantes – Alivio Congresional – vence el 1o de enero de 2019 – Alivio tributario por desastres y Ley de prórrogas para rutas aéreas y aeropuertos de 2017
- “Distribuciones que califiquen por motivo de huracanes ”:
- Exentas de la sanción tributaria del 10% por retiro temprano de fondos (o sea, por retiros de fondos antes de los 59 ½ años de edad)
- Reinversión de fondos (“rollover”) libre de impuestos si se hace dentro de un plazo de 3 años a partir de su distribución
- Repartir los impuestos (“tax spread”) a lo largo de 3 años (a opción del participante, para los que no hayan escogido reinvertir)
- Exentas de la retención tributaria del 20%
- Distribución máxima “que califica” (de todos los planes y cuentas “IRA”) = $100,000
- Reglas relajadas de préstamos provenientes de planes
- 100% de cuenta con derechos plenamente adquiridos (vested account) hasta $100,000 (en lugar del 50% de cuenta con derechos plenamente adquiridos hasta $50,000)
- Prórroga de un año de la fecha límite para la amortización de ciertos préstamos
- Recontribución libre de impuestos para compras canceladas, o sea, anuladas, de casas
- Los fondos retirados de planes destinados a la compra o construcción de casas que se recibieron después del 28 de febrero de 2017 pero antes del 21 de septiembre de 2017 se pueden redepositar en el plan cuando la compra o la construcción de la casa quedaron anuladas a causa del Huracán Harvey, Irma o María.
- Al nuevo depósito se le trata como una reinversión (“rollover”) libre de impuestos
Es probable que el “IRS” emita orientaciones adicionales sobre este tema en las próximas semanas (o meses). Mientras tanto, si necesita más información o quisiera recibir ayuda para modificar sus planes, avisar a los participantes o cosas por el estilo, comuníquese con uno de nuestros abogados en cuestiones tributarias que se especialice en beneficios y planes de retiro para los empleados.