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La semana pasada, el Departamento de Seguridad Nacional (“DHS” por “Department of Homeland Security”) anunció que les prorrogaría el estatus protegido temporal (“TPS” por “temporary protected status”) a los ciudadanos haitianos en los Estados Unidos. Esta extensión será solamente por seis meses y es muy posible que el “DHS” se niegue a prorrogarles este estatus a los haitianos después del 22 de enero de 2018.

Los beneficiarios actuales de la designación “TPS” para haitianos, que deseen prorrogar su estatus, se tendrán que reinscribir a más tardar el 24 de julio de 2017. Los beneficiarios de este estatus que se reinscriban podrá solicitar un nuevo Documento de Autorización de Empleo (“EAD” por “Employment Authorization Document”) presentando el Formulario I-765 para solicitar la autorización. Los que se vuelvan a inscribir y soliciten el nuevo “EAD” durante el plazo de 60 días para la reinscripción recibirán una prórroga automática de su documento que permanece válida durante hasta 180 días a partir de la fecha en que su actual “EAD” venza. Los “EAD” actuales no se prorrogarán automáticamente si el ciudadano haitiano no presenta el nuevo Formulario I-765 para solicitar la autorización de trabajo. Si la solicitud del beneficiario resulta aprobada, recibirá un nuevo “EAD” con la fecha de vencimiento del 22 de enero de 2018.

En el caso de empleados o solicitantes de trabajo que tengan el estatus “TPS”, el Manual para Empleadores I-9 (I-9 Handbook for Employers) brinda la siguiente orientación sobre cómo llenar o actualizar el formulario I-9:

  1. La combinación de un “EAD” que contenga un código de calificación de elegibilidad (ya sea A-12 o C-19 para personas con “TPS”) con un Formulario I-797C, Aviso de Acción, que acusa recibo de una solicitud de renovación del “EAD” y que contiene un código de categoría de elegibilidad A-12 o C-19, constituye un “EAD” (Formulario I-766) que no ha vencido según la Lista A del Formulario I-9, siempre y cuando el Formulario I-797C demuestre que la persona presentó la solicitud de renovación entre ahora y el 24 de julio de 2017.
  2. Cuando venza el actual “EAD” del empleado, este y el empleador deberán actualizar las fechas de vencimiento de la autorización de empleo/EAD expresadas en el anterior Formulario I-9 (secciones 1 y 2 o 3) para que reflejen la fecha de vencimiento prorrogada (o sea, el 22 de enero de 2018). Tache las actuales fechas y escriba “22 de enero de 2018” y ponga sus iniciales al lado de la corrección. Tenga presente que el empleado deberá hacer la corrección y poner las iniciales si hace falta hacer una corrección en la sección 1, mientras que el empleador deberá hacer la corrección y poner las iniciales en las secciones 2 o 3.
  3. En el caso de un nuevo empleado que presente un “EAD” automáticamente prorrogado, las fechas de vencimiento que se deberán poner en el Formulario I-9 deberán ser el 22 de enero de 2018.
  4. Si el empleador se queda con copias de documentos con el Formulario I-9, el empleador deberá guardar copias tanto del “EAD” vencido como del Formulario I-797C que acredita la presentación del nuevo “EAD”.
  5. A más tardar el 22 de enero de 2018, el empleador deberá volver a verificar la autorización de empleo del empleado. Es muy posible que, a no ser que el ciudadano haitiano pueda calificar para la autorización de trabajo independientemente del programa “TPS”, este va a perder dicha autorización después del 22 de enero de 2018.

El Departamento de Seguridad Nacional está preparando a los ciudadanos haitianos acerca de la posibilidad de que no se les renueve de nuevo la designación “TPS.” El Departamento nos hará saber para la fecha de “Thanksgiving” si va a prorrogar o a darle fin a la designación de “TPS” para los haitianos.